Descripción
El permiso de comercio ambulante (Móvil y Semifijo) deberá de refrendarse cada mes, mediante el pago correspondiente en la Secretaría de Finanzas y Tesorería, siempre y cuando éste haya cumplido con las disposiciones y condiciones obligatorias para su adecuado funcionamiento.
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No Require Formatos
Requisitos
Formatos
Pasos
228.22 - 912.91
None No aplica
Vigencia
¿Quien puede solicitarlo?
Autoridad responsable
Fundamento Juridico
Conservar Información
Información Adicional
Estadisticas
NOTA: En caso de no recibir respuesta en el tiempo pactado favor de comunicarse al CIAC 81 8158 1290
Tramite: Refrendo de Permiso de Comercio Ambulante (Móvil y Semifijo)
Área Responsable ante la que debe realizarse el Trámite: Dirección de Ordenamiento Patrimonial
Homoclave: SA-2023-10115-038-A
Descripcion: El permiso de comercio ambulante (Móvil y Semifijo) deberá de refrendarse cada mes, mediante el pago correspondiente en la Secretaría de Finanzas y Tesorería, siempre y cuando éste haya cumplido con las disposiciones y condiciones obligatorias para su adecuado funcionamiento.
Casos de uso: Si cuentas con un permiso de comercio ambulante ya sea móvil o semifijo deberás realizar el pago del refrendo mensualmente, para evitar su cancelación.
Requisitos:
Plazo para la resolución: None No aplica
Vigencia del trámite:
Fundamento juridico: Ambito:
Municipal
Tipo:Reglamento
Referencia legal:Artículo: 17
Reglamento:Reglamento del Comercio Ambulante en el Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León
Fuente:http://sistec.nl.gob.mx/Transparencia_2015/Archivos/AC_0001_0008_0143436-0000001.pdf
Ambito:Municipal
Tipo:Reglamento
Referencia legal:Artículo: 26 Fracción:V
Reglamento:Reglamento del Comercio Ambulante en el Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León
Fuente:http://sistec.nl.gob.mx/Transparencia_2015/Archivos/AC_0001_0008_0143436-0000001.pdf
Ambito:Municipal
Tipo:Reglamento
Referencia legal:Artículo: 20
Reglamento:Reglamento del Comercio Ambulante en el Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León
Fuente:http://sistec.nl.gob.mx/Transparencia_2015/Archivos/AC_0001_0008_0143436-0000001.pdf
Horarios de Atención al Público: L - V de 08:00 a 16:00 Hrs.
IMPORTANTE: En caso de no recibir respuesta en el tiempo establecido o si tiene alguna queja, sugerencia o retroalimentación del trámite o servicio favor de comunicarse al área de Mejora Regulatoria, teléfono 81-58-12-16 o al correo mejora.regulatoria@sanicolas.gob.mx